Ordainketa telefonia moneta edo txartelekin (kabinak)

El operador designado para garantizar la prestación de este elemento, es Telefónica de España S.A.U. , quien deberá garantizar la existencia de una oferta suficiente de teléfonos públicos de pago, situados en el dominio público de uso común. Dicha oferta deberá consistir, al menos, en un teléfono público de pago y uno más por cada 3.000 habitantes, en cada municipio de 1.000 o más habitantes y de un teléfono público de pago en cada uno de los municipios de menos de 1.000 habitantes en los que esté justificado en base a los criterios de oferta mínima.

Corresponde a cada ayuntamiento reclamar a Telefónica de España S.A.U., las modificaciones que sean necesarias para cumplir con los criterios de la oferta mínima, incluyendo la nueva instalación de terminales o los cambios de ubicación.

Los precios podrán ser revisados de acuerdo con lo previsto en el Reglamento del servicio universal y en el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno de 25 de enero de 2007.

Los precios vigentes en cada momento incluidas las llamadas a destinos internacionales, se puede consultar en la página de Internet de movistar sobre tarifas.

Los terminales deberán cumplir con los requisitos mínimos establecidos en la normativa, tales como:

  • Permitir la realización de llamadas con destino a cualquier abonado del servicio telefónico disponible al público respetando su carácter gratuito, en su caso.
  • Permitir la realización gratuita de llamadas de emergencia al número 112.
  • Permitir su uso durante las 24 horas del día.
  • Disponer, en lugar visible, de información adecuada y actualizada sobre las condiciones de uso y sobre sus precios.
  • Efectuar el cobro al final de la comunicación, en múltiplos de 0,05€, y devolver el saldo sobrante sobre la base de las monedas previamente depositadas.
  • Ofrecer la opción de pago por monedas y por tarjeta en al menos un terminal de cada punto de servicio.
  • Permitir acceso gratuito al servicio de consulta telefónica sobre números de abonado indicado en la cabina.

Para facilitar su uso por las personas con algún tipo de discapacidad, los terminales y soportes incorporan adaptaciones especiales o facilidades como las siguientes:

En relación con la accesibilidad y uso:

  • Soportes adaptados para el libre acceso con silla de ruedas.
  • Terminales situados a altura reducida (100 cm).
  • Nuevos terminales con una ergonomía del frontal mejorada, peso reducido del microteléfono y mayor longitud del cable del microteléfono.
  • Nuevos servicios: envío de SMS y e-mail.
  • Terminales que admiten diversos medios de pago y ofrecen servicios adicionales a la propia llamada telefónica.

En relación con la discapacidad auditiva:

  • Cápsula telefónica con acoplamiento inductivo para audífonos.
  • Tecla de volumen que permite un incremento del mismo de hasta 3 decibelios.
  • Señal visual en la pantalla de información de crédito mínimo insuficiente en el momento de realizar llamadas telefónicas.

En relación con la discapacidad visual:

  • Aviso auditivo de fin de crédito
  • Señal acústica de información de crédito mínimo insuficiente en el momento de realizar llamadas telefónicas.
  • Teclas de mayor tamaño y tecla de nº 5 con marca de posición de altura.
  • Visor de mayor tamaño (5 pulgadas), con mayor contraste y mayor ángulo de visualización.
  • Carteles de instrucciones con la utilización de pictogramas.
  • Ayudas dinámicas a través de mensajes vocales que permiten a las personas con discapacidad visual manejar servicios diferentes a la llamada telefónica.