
Entidades de verificación
El Reglamento ICT apuesta por la calidad de los proyectos y para ello permite que pueda aplicarse, con carácter voluntario, un proceso de verificación realizado por las Entidades de Verificación acreditadas por la Entidad de Acreditación Nacional (ENAC) en un marco de libre competencia y que otorga a los proyectos verificados la presunción de cumplimiento de la legislación vigente en materia de ICT.
El proceso de verificación debe cumplir con lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de Infraestructuras Comunes de Telecomunicacionesy su Anexo II donde se detalla los parámetros técnicos mínimos a verificar.
Aquellas entidades que deseen obtener la acreditación como entidades de verificación de proyectos de ICT, deberán solicitarlo a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC)