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Resumen

Contexto del Anuncio de Presentación de Manifestaciones de Interés (MDI)

Con fecha de 13 de septiembre de 2023 se aprobó el Reglamento (UE) 2023/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de semiconductores y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Chips Act o Reglamento de chips), que tiene como objeto establecer el marco para incrementar la fortaleza de la UE en el campo de las tecnologías de semiconductores. Dentro de este reglamento, y con objeto de crear las condiciones necesarias para fortalecer la capacidad de innovación industrial de la UE, se establece la Iniciativa “”.

La Empresa común europea de chips (Chips JU ó Chips Joint Undertaking) es la principal entidad destinada a implementar la Iniciativa “Chips for Europe”, y espera gestionar un presupuesto cercano a 11.000 millones de euros hasta 2030, siendo financiada tanto por la UE como por los Estados Miembros y agentes privados. La Chips JU tiene los siguientes objetivos:

  1. Implementar los objetivos operacionales de la Iniciativa “Chips for Europe”:
    1. Desarrollar capacidades de diseño de semiconductores avanzadas.
    2. Fortalecer las líneas piloto existentes y desarrollar otras nuevas sobre tecnologías de próxima generación en semiconductores.
    3. Desarrollo de chips cuánticos y tecnologías asociadas.
    4. Creación de una red de centros de competencia.
  2. Otras actividades de I+D+i adicionales a las de la Iniciativa “Chips for Europe”.

Los Centros de Competencia

Los centros de competencia serán entes encargados de ejercer como primer punto de acceso para proporcionar acceso a conocimientos técnicos y experimentación en el ámbito de los semiconductores, ayudando a las empresas en particular a las PYME y empresas emergentes, a acercarse y mejorar sus capacidades de diseño y desarrollo de competencias.

Además de los servicios prestados, los Centros de Competencia deberán facilitar la Transferencia de Conocimiento e interacciones entre los agentes europeos (Centros de investigación, centros tecnológicos, universidades, industria o inversores) para consolidar un ecosistema de semiconductores en un área concreta (e.g. fotónica, RISC – V, Chips para dispositivos médicos, electrónica de potencia, semiconductores innovadores, metrología, Chips para automoción, Chips cuánticos, sistemas de diseño, etc).

Los centros de competencia prestarán servicios a las partes interesadas en los semiconductores, incluidas las empresas emergentes y las PYME. Entre otros, prestarán los siguientes servicios:

  • Facilitar acceso a la plataforma de diseño y a las “líneas piloto”.
  • Apoyar a los diferentes agentes de la cadena de valor en el acceso a tecnología y el desarrollo de soluciones de semiconductores (transferencia de tecnología e innovación) a la largo de territorio nacional.
  • Proveer acceso a formación en competencias tanto en semiconductores como habilidades de emprendimiento en alta tecnología, así como fomentar vocaciones tecnológicas en colectivos infrarrepresentados.
  • Facilitar y promover el acceso a la Red Europea de Centros de Competencia a lo largo del territorio.
  • Promocionar las opciones de financiación públicas y facilitar acceso a capital riesgo.
  • Sensibilización, promoción de servicios, promoción de casos de éxito.

La descripción completa de las actividades a realizar por los centros de competencia de la red europea se define en el artículo 11 del Reglamento (UE) 2023/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de septiembre de 2023 por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de semiconductores y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Reglamento de chips).

Características y requisitos de los Centros de Competencia

  • Puede estar constituido por una organización o un consorcio de organizaciones, siempre sin ánimo de lucro.
  • Puede haber uno, varios o ningún centro de competencia en cada país, o pueden ser centros plurinacionales.
  • El Centro de Competencia debería estar especializados en al menos un área de conocimiento
  • El acceso a los servicios prestados por el Centro de Competencia debe garantizarse de forma abierta, transparente y no discriminatoria.

Oferta de financiación de los Centros de Competencia

  • La UE cofinanciará el 50% hasta 1 M€ por año en 4 años por cada país, independientemente del número de centros de competencia.
  • Los Estados miembros cofinanciarán los centros, pudiendo aportar más de 1 M€ por año.
  • La financiación europea se realizará a través del programa “Digital Europe”, por lo que se considerarán costes financiables los siguientes:
    • Personal cualificado para ofrecer los servicios del Centro de Competencia, incluyendo subcontratas a especialistas, necesario para proveer los servicios a las organizaciones participantes
    • Adquisición y/o amortización de instalaciones y equipamiento, tanto hardware como software.
    • Costes de viajes del personal para la realización de sus actividades.
    • Costes indirectos hasta un 7% de los costes directos.

Selección de los Centros de Competencia

La selección de los Centros de Competencia tiene lugar en dos fases que pueden solaparse temporalmente:

Primera Fase. Fase de pre-selección de los Estados miembros, que designarán candidatos de acuerdo con sus procedimientos nacionales y estructuras administrativas e institucionales mediante un proceso abierto y competitivo, mediante el cual los centros de competencia designados por el Estado Miembro obtendrán una Carta de Apoyo requerida para participar en la convocatoria europea.

En el caso de España, con el fin de preparar esta primera fase, se publica la presente Manifestación de Interés.

Segunda Fase. Convocatoria de la Chips JU a los centros que cuenten con una Carta de Apoyo otorgada por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, que otorgará cofinanciación entre la Comisión y los Estados (prevista para julio de 2024).

Los criterios de selección establecidos en la convocatoria de la Chips JU son los siguientes (Segunda Fase):

Criterio 1 - Pertinencia

  • Alineación con los objetivos y actividades descritos en el documento de la convocatoria;
  • Contribución a objetivos políticos a largo plazo, políticas y estrategias pertinentes, y sinergias con actividades a escala europea y nacional;

Criterio 2 - Ejecución

  • Madurez de la propuesta de Centro de Competencia;
  • Solidez del plan de ejecución y uso eficiente de los recursos;
  • Capacidad de los solicitantes, y en su caso del consorcio en su conjunto, para llevar a cabo el trabajo propuesto.

Criterio 3 - Impacto

  • Medida en que el proyecto alcanzará los resultados y productos previstos en la convocatoria de propuestas y, cuando proceda, los planes para difundir y comunicar los logros del proyecto;
  • Medida en que el proyecto reforzará la competitividad y aportará importantes beneficios para la sociedad

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el miércoles, 05 de junio de 2024 hasta el sábado, 15 de junio de 2024

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: chipsju@digital.gob.es indicando en el asunto: "Manifestación de Interés – Centros de Competencias"

Presentación de las manifestaciones de interés (MDI)

Las Manifestaciones de Interés (MDI) tendrán como objeto conocer el interés del sector en participar en la fase de preselección a Centros de Competencia (Primera Fase).

Las propuestas que se presenten deberán ajustarse estrictamente al esquema de la plantilla que se anexa al presente Anuncio y, una vez cumplimentadas, serán enviadas a la dirección de correo chipsju@digital.gob.es, indicando en el asunto: "Manifestación de Interés – Centros de Competencias"

Esta manifestación de interés tiene como objetivo obtener información precisa y directa del tejido empresarial y la sociedad civil, y no compromete a ninguna de las partes en ninguna eventual participación española en la iniciativa europea.

La convocatoria de manifestaciones de interés estará abierta hasta el 15 de junio de 2024 a las 11:59 am.

Todas las manifestaciones de interés (MDI) recibidas en plazo serán revisadas por la Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, para comprobar que la información contenida en ellas se ajusta a lo indicado en la plantilla anexa. Durante la revisión, la Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual podrá, en su caso, solicitar información o documentación adicional que pueda considerarse útil o necesaria.

La información obtenida por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública durante la recepción y revisión de estas MDIs se considerará propiedad exclusiva de los interesados y será tratada como confidencial a todos los efectos. Esta información sólo podrá hacerse pública previa autorización de los mismos.

La presentación de la manifestación de interés (MDI) no generará obligación alguna para el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, así como tampoco otorgará derechos de índole alguna a quienes las presenten.

La información de la convocatoria de la Chips JU se encuentra en el documento anexo o en la web https://www.chips-ju.europa.eu .

Anexos