Proyecto de Resolución por el que se autoriza la eliminación de las marcas de supresión de la identificación de la línea de origen en las llamadas dirigidas a las Autoridades Portuarias del Sistema Portuario español

El Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, dispone en su artículo 65 que las Autoridades Portuarias controlarán en el ámbito portuario, entre otros, el cumplimiento de la normativa que afecte  a los sistemas de seguridad, incluidos los que se refieran a la protección ante actos antisociales y terroristas, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos de las Administraciones públicas.

Por su parte, el Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo, asigna a las Autoridades Portuarias una serie de funciones en materia de protección portuaria contra los actos ilícitos deliberados que afecten a la protección marítima y otorga a estas autoridades la condición de Autoridades de Protección Portuaria.

Existen llamadas recibidas en los centros de control de emergencias asociados a estas Autoridades que se caracterizan por una criticidad alta en lo referente a la salvaguarda de la protección y el control portuarios y de la seguridad pública, por lo que se infiere la conveniencia de eliminar en este tipo de llamadas la posibilidad de ocultación de la identificación de la línea de origen.

A petición de las Autoridades Portuarias del Sistema de portuario español, el proyecto propone la aprobación de la aplicación del mecanismo de eliminación de las marcas de supresión de la identificación de la línea llamante para las llamadas dirigidas a sus centros de control de emergencias, al objeto de permitir que el origen de estas llamadas sea siempre conocido, independientemente de que el abonado haya solicitado la supresión de la presentación del número de origen.

Plazo de remisión:

El plazo de remisión de alegaciones finalizará transcurridos diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Anuncio por el que se comunique el inicio del trámite de audiencia correspondiente.

Forma de presentación de las solicitudes:

Los comentarios al Proyecto podrán remitirse a la siguiente dirección postal:

Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información,
C/ Capitán Haya, 41 - 28070 Madrid.

Alternativamente podrán remitirse por vía electrónica rellenando el siguiente formulario con certificado electrónico .

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado.

Con carácter general, las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes de la información que se estimen confidenciales deberán estar señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

Proyecto de Resolución [PDF] [70 KB]

Anuncio de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para laSociedad de la Información, por el que se hace público el inicio deltrámite de audiencia a los interesados en la elaboración del proyecto deresolución por la que se autoriza la eliminación de las marcas desupresión de la identificación de la línea de origen en las llamadasdirigidas a las Autoridades Portuarias del Sistema Portuario español.[PDF][159,11KB]