Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes de: Normativa y legislación

Un equipo conforme con la legislación española, ¿puede ser comercializado en otro Estado Miembro de la Unión Europea?

Los Estados Miembro no pueden impedir la comercialización de equipos en su territorio que cumplan con lo dispuesto en todas las Directivas que sean de aplicación. No obstante, es cierto que los Estados tienen capacidad para legislar de manera adicional, por ejemplo, en materia del idioma que exigen de la documentación en sus mercados nacionales. 

Por otra parte, debe tenerse muy en cuenta que la legislación de espectro radioeléctrico no está armonizada y que es posible que los Estados tengan restricciones de uso que puedan limitar la comercialización de productos en sus territorios. Debe verificarse este extremo en la herramienta EFIS

Los juguetes radioeléctricos, como los coches teledirigidos, ¿tienen algo que ver con la legislación de telecomunicaciones?

Los juguetes radioeléctricos, aparte de juguetes, son equipos de telecomunicación. En consecuencia, les es de aplicación la Directiva 2014/53/UE. Esta norma es adicional a la Directiva sectorial de juguetes. El cumplimiento de una no garantiza el cumplimiento de la otra y viceversa. Por tanto, el fabricante debe garantizar que el producto es conforme con los requisitos de ambas Directivas.

La tecnología de un determinado equipo no cuenta con una norma técnica armonizada, ¿cómo se debe proceder?

Para los equipos no radioeléctricos, el hecho de no utilizar normas armonizadas no tiene ninguna repercusión, el fabricante tiene plena libertad para utilizar cualquier procedimiento previsto. 

Sin embargo, para los equipos radioeléctricos, ocurre lo siguiente: 

  • Para los requisitos esenciales de seguridad y compatibilidad electromagnética, el fabricante puede utilizar cualquiera de los procedimientos previstos. Esto es, puede utilizar cualquier norma técnica, armonizada o no. 
  • Para el requisito esencial de espectro, si no utiliza norma armonizada, debe acudir obligatoriamente a los servicios de un organismo notificado.