Proyecto de Orden ETU/.../2017 por la que se establecen las condiciones de prestación del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado

Audiencia e información pública en aplicación del artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno establecen que, sin perjuicio de la consulta previa a la redacción del texto de la iniciativa, cuando la norma afecte a los derechos o intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.

En aplicación de ambos preceptos legales, se inicia el presente trámite de audiencia y de información pública sobre el proyecto de Orden ETU/.../2017  de ….de….de 2017 por la que se modifica la Orden CTE/711/2002, de 26 de marzo, por la que se establecen las condiciones de prestación del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado, cuyo texto se publica igualmente en este portal web, de forma que los ciudadanos afectados o cualquier otro sujeto, persona o entidad pueda exponer sus opiniones o presentar los comentarios y documentos que estime oportuno.

Plazo de remisión

Las aportaciones que se quieran presentar en el marco de este trámite de audiencia y de información pública podrán remitirse desde el día 20 de julio hasta el 8 de septiembre.

Presentación de aportaciones

Las aportaciones que se quieran presentar en el marco de este trámite de audiencia y de información pública podrán remitirse a la siguiente dirección de correo electrónico audiencia.normasteleco@minetad.es.

Sólo serán consideradas las respuestas  en las que el remitente esté identificado y su aportación verse sobre la necesidad, oportunidad o contenido del texto del proyecto normativo sobre el que verse el presente trámite de audiencia y de información pública.

Con carácter general las respuestas y aportaciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la aportación o comentario, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

Anexos

Proyecto Orden reguladora consulta telefónica sobre números de abonado [PDF] [270 KB]

Memoria de análisis de impacto normativo [PDF] [366 KB]