Trámite de audiencia pública relativo al proyecto de resolución por la que se atribuyen recursos públicos de numeración adicionales para la prestación de servicios tarificación adicional basados en el envío de mensajes cortos y mensajes multimedia.

La Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, establece el marco jurídico de las actividades de explotación y gestión de juegos de ámbito estatal y, particularmente, de aquellos juegos que se practican a través de canales electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos y en las que los medios presenciales tienen un carácter accesorio.

Por su parte, los operadores de servicios de comunicaciones electrónicas han solicitado la atribución de recursos específicos y diferenciados de numeración para este tipo de concursos, con la finalidad de que el cliente pueda tener una aproximación certera tanto del servicio que está utilizando como del precio final aplicable.

Dadas la distinta naturaleza y finalidades de las actividades de juego contempladas en la Ley 13/2011, de regulación del juego, con respecto a los servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes que se prestan actualmente según lo establecido en la Orden ITC/308/2008, se considera necesario atribuir recursos de numeración específicos para  la modalidad de juego del tipo concurso, dentro de los diferentes rangos atribuidos en la misma.

Proyecto de atribución de números adicionales para la prestación de servicios de tarificación adicional mediante mensajes [PDF] [109 KB]

Los comentarios al Proyecto podrán remitirse a la siguiente dirección postal:

  • Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información,
  • C/ Capitán Haya, 41 - 28070 Madrid.

Alternativamente podrán remitirse por vía electrónica rellenando el siguiente formulario con certificado electrónico.

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado.

Con carácter general, las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes de la información que se estimen confidenciales deberán estar señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

El plazo de remisión de alegaciones finalizará transcurridos diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Anuncio por el que se comunique el inicio del trámite de audiencia correspondiente.