Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias

El Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (en adelante CNAF), pieza básica del ordenamiento del espectro en España, contiene la atribución o uso a que se reserva cada una de las bandas de frecuencia en las que se divide el espectro radioeléctrico disponible para radiocomunicaciones, entre 8,3 kHz y 3000 GHz.

El CNAF se publicó por vez primera en 1990. Debido al contenido regulador y marcadamente técnico de su información en cuanto a la utilización del espectro radioeléctrico se refiere, es un documento que requiere constantes actualizaciones derivadas generalmente de las actividades de los organismos internacionales con competencias regulatorias a los que España pertenece. Estos organismos, que principalmente son la UIT (Unión Internacional de Telecomunicaciones), la CEPT (Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones), la UE (Unión Europea) y el ETSI (Instituto Europeo de Normas de Telecomunicación), aprueban reglamentos, decisiones, recomendaciones, y otras disposiciones encaminadas, generalmente, hacia una armonización del uso del espectro radioeléctrico.

Otras veces el motivo de la actualización puede ser debido a exigencias nacionales derivadas de disposiciones regulatorias relativas al uso del espectro radioeléctrico, como posibles modificaciones de la Ley General de Telecomunicaciones (LGT), así como las disposiciones regulatorias que se deriven.

Además de esto, hay que tener en cuenta las necesidades de la industria española y del sector de las telecomunicaciones en general, las implicaciones derivadas de nuevos sistemas y dispositivos que surgen, ya sea en sustitución de otras tecnologías o como nuevos sistemas, funcionado en determinadas frecuencias y con unas características dadas.

El CNAF traspone al ordenamiento legal español los cambios y modificaciones de atribución de bandas de frecuencia y servicios radioeléctricos derivados de las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones, de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), así como las Decisiones de la Comisión Europea, que España como Estado miembro, tiene la obligación de adoptar.

La versión actual del CNAF aprobado por Orden ETD 1449/2021, de 16 de diciembre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 24 de diciembre de 2021, deroga y sustituye la edición anterior de 2017 y sus modificaciones parciales en 2018 y en 2020.

El CNAF comprende en primer lugar las notas del artículo 5 del Reglamento de Radiocomunicaciones (RR) de la UIT, seguidas de las tablas de atribución de bandas de frecuencia de dicho RR, junto con las tablas de atribución nacional hasta el valor de 275 GHz, seguidas de una columna de observaciones donde se han insertado notas del RR y de Utilización Nacional (UN) relacionadas con el correspondiente rango de frecuencias, y, en su caso, información o comentarios adicionales en relación a la correspondiente banda de frecuencias, finalmente se indican los usos que se corresponden ordenadamente con la atribución nacional.

A estos fines se han empleado los códigos siguientes para clasificar las modalidades de uso:

  • C: Uso común
  • E: Uso especial
  • P: Uso privativo
  • R: Uso reservado al Estado
  • M: Uso mixto que comprende los usos P y R

El texto de las Notas UN, numeradas de 0 a 168, seguido de las notas OTAN, CEPT, UE y de servidumbres radioeléctricas, figura a continuación de las tablas de atribución de frecuencias. Finalmente se insertan los gráficos y figuras correspondientes a la canalización y/o ordenación de determinadas bandas de frecuencia.