Procedimientos electrónicos

De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico, la tramitación de los procedimientos relativos al espectro radioeléctrico, así como la relación con los órganos competentes del Ministerio de Transformación Digital a este respecto, se deberá llevar a cabo obligatoriamente por medios electrónicos.

Acceso a los procedimientos electrónicos de la Subdirección General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico

Los procedimientos de la Subdirección General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico están disponibles en la sede electrónica del Ministerio. Se puede acceder a los mismos buscando por el literal “espectro radioeléctrico” mediante el buscador que se encuentra en el apartado “Procedimientos y servicios Electrónicos” de la sede. Aparecerá un listado con todos los procedimientos relacionados con el dominio público radioeléctrico, agrupados en “fichas” por servicios:

A través de cada una de estas fichas se accede a los correspondientes formularios de solicitud, así como a los manuales, instrucciones, modelos de declaración, etc. necesarios para su cumplimentación. Dentro de cada ficha se pueden encontrar tanto procedimientos relativos a la solicitud de títulos habilitantes para uso del espectro radioeléctrico como otros trámites administrativos relativos a subsanación, desistimiento, etc. de solicitudes ya presentadas.

Acceso con certificado electrónico

Para acceder a los formularios de solicitud, ya sea por el titular o su representante debidamente autorizado, se precisa disponer de certificado electrónico reconocido, emitido por cualquiera de las empresas certificadoras que se reconocen en la web del Ministerio.

En caso de acceso por parte del titular, deberá hacerlo con su certificado electrónico de persona física en caso de ser persona física, o con certificado de persona física con representación de persona jurídica si se tratara de una persona jurídica. Si, por otro lado, accede un representante del titular, podrá hacerlo con su certificado de persona física adjuntando los poderes de representación otorgados por el titular. En este último caso, si la persona que presenta la solicitud figura como apoderado del titular en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA), bastaría con indicar este hecho y no sería necesario adjuntar los correspondientes poderes de representación.

Para acceder a los procedimientos de los servicios de comunicaciones electrónicas en bandas armonizadas y servicios de radiodifusión no es necesario certificado electrónico al tratarse de grupo cerrado de usuarios.

Notificaciones electrónicas del procedimiento

De acuerdo con lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, las notificaciones correspondientes a la solicitud se realizarán por medios electrónicos mediante comparecencia del interesado o su representante debidamente identificado en la sede electrónica del Ministerio. En el formulario de solicitud se indicará una dirección de correo electrónico donde se remitirá un aviso informando de la puesta a disposición en la sede electrónica de las notificaciones relacionadas con la solicitud. Este aviso no constituye en ningún caso la notificación.

Podrán acceder a las notificaciones por comparecencia en sede electrónica del Ministerio en cualquier caso, el titular y, adicionalmente, la persona física que haya realizado la solicitud (el presentador).

Cabe destacar que, de acuerdo con el artículo 43.2 de la Ley 39/2015, la notificación electrónica se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación en la sede electrónica del Ministerio sin que se acceda a su contenido. Esto implica que se tendrá por efectuado el trámite y se continuará con el procedimiento. En cualquier caso, siempre podrá accederse al contenido de la notificación para su consulta.