Información sobre estaciones de radiodifusión sonora en ondas medias (OM)

La nota de utilización UN-1 del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF) establece que la banda de frecuencias 526,5 a 1606,5 kHz se utilizará exclusivamente por las entidades habilitadas para la prestación de los servicios de radiodifusión sonora en onda media, y siempre de acuerdo con el Plan Técnico Nacional:

Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Medias (hectométricas), aprobado por Real Decreto 765/1993, de 21 de mayo (BOE nº 139, de 11 de junio de 1993).

Entidades habilitadas

Las entidades habilitadas para la prestación de los servicios de radiodifusión sonora en ondas medias (licencia del servicio) son:

  • La Corporación de Radio y Televisión Española, S.A., a través de la Sociedad Mercantil Estatal Radio Nacional de España (RNE).
  • Las personas físicas o jurídicas mediante licencia otorgada por el Estado para su explotación (emisoras OM locales).

Prestadores de servicios de comunicación audiovisual radiofónica

Normativa del sector audiovisual